¿Pueden participar en una subasta los copropietarios?

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jueves, 13 de agosto de 2020

El Auto dictado por la Sección 12ª de la Audiencia Provincial de Barcelona en fecha de 16 de enero de 2013 (ECLI:ES:APB:2013:220A), señala que en el singular proceso de ejecución de liquidación de un bien común, cabe la intervención de los cotitulares deduciendo las posturas para la adjudicación del remate, tanto si concurren a la subasta solamente ellos como si lo hacen en compañía de licitadores extraños.

El supuesto al que se refiere la citada resolución se trataba de un proceso de ejecución para hacer efectiva la división de la cosa común, mostrando las partes (ambos copropietarios de la titularidad dividida) su intención de que se procediese a la celebración de pública subasta para la liquidación del inmueble común.


El Tribunal señaló que la remisión a las prescripciones de los artículos 634 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil sobre el procedimiento de apremio debía mantenerse, al no poder hablarse en la fase de liquidación de la comunidad de bienes, por celebración de pública subasta, de parte acreedora y deudora sino de partes ejecutante y ejecutada, siendo totalmente válido que los partícipes en la propiedad dividida puedan actuar en las subastas, junto a terceros licitadores, y adjudicarse el remate por mejor postura.


En consecuencia los preceptos de la vía de apremio serán de aplicación, en cuanto respeten la especial naturaleza de la ejecución por liquidación de bien o bienes comunes.



Fuente inmonews

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